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Policías acostados, desorden del tránsito y legalidad

 
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Dr. Nicolás Acevedo Sánchez.

Policías acostados, desorden del tránsito y legalidad


1. Concepto.

Al rompevelocidad o reductor de velocidad, entre nosotros los dominicanos le llamamos “policía acostado”, valiosa metáfora para indicar el fin que se persigue con la instalación del muro. En Estados Unidos lo llaman “speeds bumps”, en Jamaica, “sleeping policeman”, en España, reductor de velocidad. Técnicamente, desde la visión de la ingeniería de tránsito, se le llama “resalto vial” o simplemente resalto o lomo.

Bajo cualquier denominación, la idea del resalto vial es la misma: Reducir en un tramo de una vía urbana o rural la velocidad de un vehículo, en razón de que el área acusa un movimiento peatonal grande, o porque alguna institución pública o privada lo requiere por razones de seguridad. Por ejemplo, en la entrada y salida de centros educativos, de un hospital, etc.

También se le agrega la función de obligar a conductores temerarios a reducir la velocidad para evitar accidentes de tránsito. En Dominicana, la imprudencia de los motociclistas provoca que en algunos sectores se levanten lomos.

2. Legalidad.

En un primer momento podemos afirmar que no hay una legislación especial que regule todo lo concerniente a la instalación o construcción de los policías acostados. Del contenido de algunas leyes, como la Ley 241 sobre Tránsito Terrestre, y la Ley 176-07, de organización municipal, se desprende que los cabildos son competentes para regular y definir los lomos. Hace unos meses que el ministro de Obras Públicas anunció que se trabaja en la preparación de un proyecto de ley para la regulación de los resaltos viales.

Esa competencia del ayuntamiento implica, entre otras cosas:

a) Cada ayuntamiento, mediante resolución, debe definir los términos y condiciones en que dentro de su circunscripción se puede colocar un resalto vial.
b) Ninguna junta de vecinos puede levantar un policía acostado sin la autorización del cabildo.
c) La instalación de un resalto debe estar precedido de un estudio que indique claramente por qué razones se hace necesario autorizarlo.

3. El remedio es peor que la enfermedad (más policías acostados que calles)

La temeridad de muchos conductores y la frecuencia de los accidentes de tránsito provocan indignación en los moradores de los barrios, sectores, urbanizaciones y zonas rurales. Ante la situación, algunos vecinos, individual o colectivamente, deciden, sin pedir permiso y sin estudio previo, construir resaltos viales. Esto crea mucho malestar entre los propietarios de vehículos. Primero, porque el mal diseño del lomo daña al vehículo que lo cruza o, segundo, porque en una misma vía te colocan varios, lo que hace casi imposible el tránsito.

El pique de un vecino o la prepotencia de un funcionario civil o militar son suficiente para construir un lomo al frente de la casa. Conozco casos en que en menos de 100 metros de vía, hay más de tres. Son estos casos en lo que la función del resalto pierde sentido, y el remedio es peor que la enfermedad. Más que reductores de velocidad, nos encontramos con obstructores al tránsito, con las secuelas de daños a los vehículos y al normal uso de las vías. Agréguese los atracos cometidos antes y después de un lomo.

4. El caso del municipio de Cambita.

En mi municipio, Cambita Garabitos, de la provincia San Cristóbal, de veinte y tantos policías acostados no hay uno que haya sido debidamente autorizado por el ayuntamiento, mediante resolución motivada y a requerimiento de alguna organización o institución de la comunidad. A cualquier se le ocurre poner uno. Cualquier percance particular se constituye en una razón. Todo ante la mirada indiferente de la autoridad municipal.

A esta ilegalidad se le suma la ausencia de criterios para diseñarlo. La altura, el tamaño, el ancho, la correspondiente advertencia al conductor no se definen. Un lomo demanda una señal de tránsito que advierte al conductor que a determinada distancia hay uno.

Los 20 lomos son diferentes, como evidencia de que lo hace cualquiera y que la autoridad municipal nunca se ha preocupado por el tema. En algunos casos, cuando los conductores nos quejamos, se ha procedido a reducir la angulación con el fin de que los vehículos sufran menos.


5. Recomendaciones.

a) Que el concejo municipal de Cambita, a iniciativa del síndico o de las juntas de vecinos, establezca un reglamento para la instalación y uso de los policías acostados.
b) Que se haga un levantamiento de cada uno de los lomos construidos, para determinar cuáles son necesarios y cuáles no.
c) Que cuando se autorice la colocación de un resalto se indique claramente qué diseño debe tener, en términos de altura, anchura, materiales de construcción y las señales correspondientes.
d) Establecer sanciones (multas) para las personas que indebidamente levanten lomos.
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Daniel Alejandro
Eso hay que ordenarlo, si cada quien hace lo que quiera es la Ley de la Jungla!
 
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